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1. Otorgar CERTIFICADOS DE ESPECIALISTAS EN ENDODONCIA a quienes cumplan con los requisitos del CONSEJO MEXICANO DE ENDODONCIA, A.C., previo análisis exhaustivo curricular de sus estudios y de acuerdo con el estatuto y reglamento propios del CONSEJO MEXICANO DE ENDODONCIA, A. C
2. Elaborar, organizar, realizar y supervisar exámenes, para comprobar los conocimientos científicos, técnicos, clínicos y académicos de los especialistas en Endodoncia que aspiren a obtener la CERTIFICACIÓN por el CONSEJO MEXICANO DE ENDODONCIA, A. C., Así como organizar Seminarios de actualización y de educación contínua.
3. Velar por la correcta práctica de la especialidad en Endodoncia, estimulando el estudio y la investigación al elevar el nivel de conocimiento de la Endodoncia en la República Mexicana.
4. Promover la CERTIFICACIÓN de nuevos Especialistas en Endodoncia.
5. Promover el reconocimiento de la Especialidad en Endodoncia ante las diversas autoridades gubernamentales al mantenerse como órgano que trate de vincular a los Especialistas CERTIFICADOS con la Dirección General de Profesiones, único órgano legal profesional en los Estados Unidos Mexicanos.
6. Actuar como órgano consultor y asesor ante las Instituciones de enseñanza en los programas de Endodoncia en la República Mexicana y el extranjero determinando los requisitos mínimos que deberán tener los Programas de Posgrado en Endodoncia para ser RECONOCIDOS por el CONSEJO MEXICANO DE ENDODONCIA, A. C., y sus egresados puedan presentar el examen de Certificación.
7. Censar permanentemente a los Especialistas en Endodoncia del País.
8. Notificar y registrar ante las autoridades competentes los certificados que el CONSEJO MEXICANO DE ENDODONCIA, A.C., otorgue.
9. Hacer del conocimiento público, incluyendo hospitales, clínicas de atención dental, posgrados de endodoncia, Escuelas de Odontología, Asociaciones y Sociedades Científicas Odontológicas y Médicas el Directorio de Especialistas en Endodoncia que están CERTIFICADOS por el CONSEJO MEXICANO DE ENDODONCIA, A. C.
10. Fungir como organismo Consultor ó Asesor de entidades gubernamentales federales, locales y municipales relacionados con la salud y educación de la Especialidad en Endodoncia.
11. Construir el marco jurídico en el que la práctica Endodóntica deba estar inmersa y orientar a los Especialistas en Endodoncia así como las agrupaciones profesionales de esta especialidad a conocer las normas legales referentes a su práctica.
   
   
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